5 ¶ Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a su mujer que tomó.
6 No tomarás en prenda la muela de molino , ni la de abajo ni la de arriba, porque sería prendar la vida.
7 Cuando fuere hallado alguno que haya hurtado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, o la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.
8 Guárdate de llaga de lepra, guardando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas; cuidaréis de hacer como les he mandado. 9 Acuérdate de lo que hizo el SEÑOR tu Dios a María en el camino, después que salisteis de Egipto.
10 Cuando dieres a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda. 11 Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda. 12 Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda. 13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.
14 ¶ No hagas violencia al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades. 15 En su día le darás su jornal, y el sol no se pondrá sobre él; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti al SEÑOR, y sea en ti pecado.
16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.
17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda; 18 mas acuérdate que fuiste siervo en Egipto, y de allí te rescató el SEÑOR tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.
19 Cuando segares tu mies en tu tierra, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás a tomarla; del extranjero, o del huérfano, o de la viuda será; para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos. 20 Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será. 21 Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será. 22 Y acuérdate que fuiste siervo en tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.
1 ¶ Cuando hubiere pleito entre algunos, y vinieren a juicio, y los juzgaren, y absolvieren al justo y condenaren al inicuo, 2 será que, si el impío mereciere ser azotado, entonces el juez lo hará echar en tierra , y le hará azotar delante de sí, según su impiedad, por cuenta. 3 Cuarenta veces lo hará herir, no más; no sea que, si lo hiriere con muchos azotes a más de éstos, se envilezca tu hermano delante de tus ojos.
4 No pondrás bozal al buey cuando trillare.